Empresario junto con su compañera de trabajo realizando cálculos estadísticos

UNIDAD DE PRESTACIONES LEGALES

La Unidad de Prestaciones Legales y Otros es responsable del reconocimiento y pago de los derechos que le asisten a las personas servidoras judiciales durante y después de finalizada su relación con el Poder Judicial según los lineamientos y procedimientos establecidos para ello.

Mujer sosteniendo una Tablet que proyecta gráficos de barra en 3D

SERVICIOS

Ir a pago de prestaciones legales por jubilación

Según lo dispone el Código de Trabajo, las personas servidoras judiciales que terminen su relación laboral con este Poder de la República por motivo de su jubilación o de ser separados por incapacidad absoluta y permanente, tienen derecho al pago de las prestaciones legales (vacaciones proporcionales y auxilio de cesantía).

Este pago se realiza de oficio, por lo que no se debe hacer ningún trámite adicional a la solicitud de jubilación.

Además, debe considerarse que según acuerdo del Consejo Superior de sesión Nº 56-07, artículo XXXII, del 1 de agosto de 2007, se cuenta con un plazo de dos meses para el efectivo pago de las prestaciones legales a partir de la fecha efectiva de la jubilación.